
Cuando se inicia el cobro de una pensión conviene tener claro cómo afecta la retención de impuestos a los pagos mensuales y a la liquidación anual. En mi experiencia, muchas personas prefieren ajustar la retención para evitar sorpresas: ni grandes devoluciones ni pagos imprevistos al presentar la declaración. Este texto explica, con lenguaje directo y práctico, cómo estimar la retención, cuándo conviene revisarla y qué efectos tienen la Seguridad Social y las retiradas de planes de ahorro a largo plazo.
Contexto breve sobre la retención en pensiones
La retención en una pensión consiste en retener una parte de cada pago para cubrir impuesto sobre la renta a escala federal y, si procede, autonómica. El objetivo es aproximarse a la obligación fiscal anual: retener demasiado reduce el efectivo disponible mes a mes; retener poco puede generar una deuda y, en algunos casos, sanciones por pago insuficiente.
El punto de partida es calcular la renta imponible agregando todas las fuentes de ingresos del hogar y restando las deducciones aplicables. Esa renta determinará el tipo marginal que, a su vez, permite estimar el impuesto anual. Una proyección fiscal —hacer una declaración simulada— es la forma más directa de transformar esa obligación anual en un porcentaje de retención aplicable a cada cobro mensual.
No hay una única fórmula universal: cada combinación de pensión, retiradas de cuentas privadas y prestaciones públicas produce un resultado distinto. Por eso conviene tratar la retención como una variable dinámica: se decide al inicio del cobro de la pensión y se revisa cuando cambian otras entradas de renta.
En la práctica, hay dos referencias frecuentes: la retención federal y la autonómica. Hay que sumar ambos efectos para obtener la retención total que conviene aplicar a los pagos. Si se olvida la retención autonómica, el cálculo queda incompleto y es probable que la retención sea insuficiente.
Una observación relevante: la puesta en marcha de prestaciones como la Seguridad Social suele aumentar la presión fiscal global del hogar. Por tanto, iniciar la percepción de esas prestaciones es un motivo habitual para revisar y, en su caso, incrementar la retención sobre la pensión.
Finalmente, la normativa sobre distribuciones obligatorias de cuentas de jubilación (RMD) introduce otra fuente de renta imponible en ciertos hitos de edad. Debe considerarse al proyectar la obligación anual y programar la retención adecuada.
Claves prácticas
- Realizar una proyección fiscal con todas las fuentes de ingresos antes del primer cobro: pensión, retiradas de cuentas, y Seguridad Social si aplica.
- Convertir el impuesto anual estimado en un porcentaje de retención sobre los cobros periódicos.
- Incluir impuestos autonómicos en la estimación para evitar subretenciones.
- Revisar la retención cuando cambien situaciones clave: cónyuge que deja o empieza a trabajar, ventas con plusvalías, retiradas extraordinarias o inicio de prestaciones públicas.
- Usar retenciones periódicas para distribuir el pago del impuesto y reducir el riesgo de sanciones por pago insuficiente.
Cálculo práctico de la retención
El procedimiento operativo comienza por sumar los ingresos previstos en el año: pensión, retiradas planificadas y cualquier otra renta. Sobre esa cuantía se aplican las deducciones conocidas para obtener la base imponible. El impuesto resultante dividido por el total de ingresos ofrece una aproximación porcentual de retención.
Si la proyección indica, por ejemplo, un impuesto anual de 5.000 sobre unos ingresos totales de 50.000, la retención necesaria sería del 10%. Ese porcentaje puede aplicarse directamente a la pensión y a las retiradas periódicas para que el flujo neto recibido permita mantener liquidez y cubrir la obligación anual.
Una pauta experta que comparto es separar la retención por origen de renta: aplicar un porcentaje a la pensión y otro a las retiradas de cuentas, si las condiciones fiscales de cada una difieren. Esta segmentación facilita ajustes posteriores sin alterar todos los cobros a la vez.
Cuándo y por qué ajustar la retención
Hay eventos que obligan a revisar la retención: cambio en la actividad laboral del cónyuge, venta de activos con plusvalías importantes, distribuciones extraordinarias de planes de ahorro y el inicio de prestaciones públicas. Cada uno altera la proyección fiscal anual y puede convertir una retención adecuada en insuficiente.
En el primer año de transición a la jubilación es frecuente tener ingresos mixtos: salario por parte del año y pensión parcial. Esa mezcla suele elevar la retención temporalmente; conviene calcular la retención específica para ese ejercicio y ajustarla al año siguiente cuando la situación se estabilice.
Otra recomendación práctica es programar una revisión anual de la retención. La fiscalidad cambia lentamente, pero los movimientos puntuales de capital o actividad pueden tener un impacto inmediato en la obligación tributaria.
Impacto práctico: hogar y pyme
Consecuencias para los hogares
Para un hogar, la retención correcta permite planificar el flujo de caja mensual y evitar sorpresas al presentar la declaración. Si la retención es demasiado alta, se reduce el efectivo disponible para gastos corrientes; si es baja, se afronta un pago elevado en el período fiscal siguiente.
He observado que las decisiones de gasto cambian cuando la retención no se ajusta: se generan recortes no planeados o se recurre a crédito para cubrir la diferencia en la declaración. Mantener la retención alineada con la realidad anual es una forma de estabilizar el presupuesto familiar.
En términos prácticos, un hogar que recibe una pensión y además retira de una cuenta privada debería pensar la retención como una suma: la parte aplicada a la pensión más la aplicada a las retiradas. Esta suma representa la defensa frente a una posible deuda fiscal.
Consecuencias para las pequeñas empresas
Para propietarios de pequeñas empresas que perciben una pensión y, a la vez, cobran beneficios empresariales, la retención tiene una doble dimensión. La empresa puede generar rentas que incrementen la base imponible del titular y, por tanto, exigir un aumento de la retención sobre la pensión para cubrir la obligación global.
Además, las retiradas desde cuentas relacionadas con la actividad (por ejemplo, planes anteriores vinculados a la empresa) requieren atención específica: pueden aumentar la factura fiscal del titular en el año de la retirada si no se retienen impuestos en origen.
Mi consejo operativo en este contexto es considerar la retención como una herramienta de gestión de tesorería: distribuir la carga fiscal a lo largo del año en lugar de concentrarla en un único pago anual. Esto reduce la presión sobre la liquidez de la pyme y del titular.
Ejemplos numéricos simples
Ejemplo básico: pensión más retirada de IRA
Supongamos los siguientes importes estimados para un año: pensión de 20.000 USD y retirada de una cuenta de ahorro de 30.000 USD. Sumando ambas partidas, los ingresos totales del año serían 50.000 USD.
Si la proyección fiscal indica una obligación de 5.000 USD sobre esos 50.000, la tasa efectiva de impuesto anual es del 10%. Aplicada de forma proporcional, esa tasa sugiere retener un 10% en cada pago: 2.000 USD de la pensión y 3.000 USD de la retirada, de modo que el titular recibe 18.000 USD y 27.000 USD netos respectivamente.
Esta es una ilustración numérica simple: la práctica real puede requerir ajustar la retención entre distintas fuentes de ingreso para optimizar la liquidez mensual o para respetar límites específicos de retención en ciertos tipos de pagos.
Ejemplo: inicio de la Seguridad Social
Cuando se añade la Seguridad Social a la combinación de ingresos, la parte de esas prestaciones sujeta a gravamen depende de la suma de otras rentas. Por tanto, el inicio de la Seguridad Social suele elevar la obligación fiscal y con ella la necesidad de aumentar la retención.
Por ejemplo, si antes la obligación anual era de 5.000 USD y la incorporación de Seguridad Social incrementa la renta imponible, la obligación puede pasar, por redondeo, a 7.000 USD. En ese caso la tasa efectiva sube y la retención sobre la pensión debería ajustarse para compensar ese incremento.
La lección práctica es que el inicio de prestaciones públicas no es neutro para la retención: requiere recalcular la proyección fiscal y, si procede, elevar la retención para evitar una diferencia a pagar a final de año.
Mini glosario
Retención
La retención es el importe que se descuenta de cada pago para anticipar el impuesto sobre la renta. Se expresa habitualmente como porcentaje aplicado sobre la cuantía bruta del cobro.
Su función es distribuir la carga fiscal a lo largo del año y reducir el riesgo de tener que abonar una suma global en la declaración anual. En pensiones puede comprender retención federal y autonómica combinadas.
En términos operativos, fijar la retención implica decidir un porcentaje y, en ocasiones, segmentarlo por origen de renta (pensión, retiradas, prestaciones).
Renta imponible
La renta imponible resulta de sumar todas las fuentes de ingreso del hogar y restar las deducciones aplicables. Es la base sobre la que se calcula el impuesto a pagar.
No debe confundirse con el ingreso bruto: la renta imponible refleja ajustes fiscales (deducciones, reducciones) que pueden reducir la cuantía sujeta a impuesto.
Para proyectar la retención resulta imprescindible estimar la renta imponible con honestidad: sobreestimaciones o subestimaciones distorsionan la retención necesaria.
Distribuciones requeridas (RMD)
Las RMD son retiradas obligatorias de ciertas cuentas de ahorro a partir de determinadas edades. Estas cantidades se suman a la renta imponible del año en que se realizan.
Cuando empiezan las RMD conviene incluirlas en la proyección fiscal: su impacto puede ser significativo y exigir aumentar la retención para evitar una deuda fiscal inesperada.
En el contexto de planificación, programar las RMD y la retención asociada ayuda a mantener el equilibrio entre liquidez y cumplimiento fiscal.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Cómo se gravan las pensiones?
Las pensiones pueden estar sujetas al impuesto sobre la renta a tipo ordinario. Si la pensión se financió íntegramente con aportaciones antes de impuestos, los pagos suelen tributar en su totalidad.
Si se hicieron aportaciones con dinero ya gravado, una parte de los pagos puede quedar exenta o tributar parcialmente según la regla de recuperación de la base no gravada. La cuantía exacta depende de las características del plan y de cómo se traten las aportaciones en la normativa aplicable.
Además, si los pagos se perciben antes de ciertos umbrales de edad en contextos específicos, pueden aplicarse penalizaciones adicionales según la normativa vigente.
¿Se pagan impuestos sobre la Seguridad Social?
La parte de las prestaciones de la Seguridad Social sujeta a impuesto depende de la suma de otras rentas del beneficiario. Hay límites y tramos que determinan qué porcentaje de la prestación queda gravado.
En términos prácticos, al aumentar otras fuentes de ingreso, la porción imponible de la Seguridad Social puede crecer, lo que incrementa la obligación fiscal total. Por eso el inicio de estas prestaciones suele motivar una revisión de la retención.
En algunos casos, hasta un 85% de la prestación puede ser considerada a efectos fiscales, según la suma de ingresos del hogar. Conviene estimar esa porción al proyectar la retención.
¿Qué ocurre si no se retiene nada en la pensión?
No retener impuestos puede dar lugar a deber impuestos al final del ejercicio y, en su caso, a sanciones por pago insuficiente. La normativa contempla penalizaciones cuando no se cubre la obligación fiscal mínima mediante retenciones o pagos fraccionados.
Por eso, aunque no sea obligatorio retener en todos los casos, es una práctica defensiva calcular la retención necesaria y aplicarla para evitar costes adicionales y problemas de liquidez.
Una solución intermedia es ajustar la retención periódicamente o programar pagos fraccionados si la retención en origen no resulta práctica o suficiente.
¿Cuándo debo revisar mi retención?
Recomiendo revisar la retención al inicio de la jubilación y siempre que se produzcan cambios significativos: incorporación o cese de actividad del cónyuge, ventas con plusvalías, retiradas extraordinarias, inicio de prestaciones públicas o la obligación de RMD.
Una revisión anual programada es una buena práctica para detectar desajustes por cambios en la situación personal o en la normativa. Ajustar a tiempo evita acumulaciones de deuda fiscal y la necesidad de afrontar pagos elevados de una sola vez.
Si la proyección muestra una diferencia importante entre la retención aplicada y la obligación estimada, conviene corregir la retención de inmediato para repartir el ajuste durante el resto del año.
¿Cómo convertir la obligación anual en un porcentaje de retención?
El cálculo básico es sencillo: dividir el impuesto anual estimado entre el total de ingresos previstos. El resultado es el porcentaje aproximado que conviene retener de cada cobro.
Este porcentaje puede aplicarse de forma uniforme a todas las fuentes o segmentarse por tipo de ingreso para mayor precisión. La segmentación permite ajustar la retención sin tocar todos los cobros y facilita la gestión de liquidez.
Es útil recalcular este porcentaje cuando cambien las condiciones del año para mantener la retención alineada con la obligación real.






